La vacancia del alcalde de Huancavelica Rómulo Cayllahua fue vista en una audiencia virtual realizada en Lima por un tribunal especial del Jurado Nacional de Elecciones.
Al alcalde lo defendió la abogada Elsa Daniela Andrade, mientras que a los siete regidores que presentaron la moción de vacancia los representó Sherman Baldarrago Santos.
La abogada del alcalde Cayllahua pidió se declare fundado su pedido de apelación interpuesto, revoquen el acuerdo de concejo y declaren infundada la solicitud de vacancia.
Alega que hay pedidos de vacancia que no están fundamentados ni se pide dentro de las causales que se lee en la Ley Orgánica de Municipalidades.
Afirma que no hay relación de quinto grado de consanguinidad en el personal contratado por la comuna y que no hay causales en usurpar funciones de un funcionario, ni de impedimento físico permanente, la cual no está demostrado por algún profesional.
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El representante de los regidores manifestó que el acuerdo del Concejo Municipal estuvo bien tomado, que el alcalde estuvo bien notificado.
”En el acta de sesión extraordinaria de Concejo sí se le acordó vacar por el inciso 3, 8 y 9, son restricciones de contratación”, dijo el abogado.
Es decir, hay tres causales de vacancia que expuso el abogado de los regidores las cuales deben de ser evaluadas por el Jurado Nacional de Elecciones.
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